NOTA INFORMATIVA
Resolución de 20 de abril de 2010 por la que se convocan ayudas a la danza, la lírica y la música
BOE Num. 114, de 10 de mayo de 2010
Se establecen las bases reguladores para la concesión de subvenciones públicas del ministerio de cultura. Existen diversas modalidades:
A Ayudas a la danza
B Ayudas a la lírica y la música
Podemos reseñar el apartado:
A3, relativo a programas de Apoyo a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal para la realización de actividades de danza, debiendo exceder el ámbito de nuestra comunidad autónoma. El desarrollo de las actividades se desarrollaran desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2010.
A6, Programas de apoyo a circuitos de danza organizados por redes de espacios escénicos y musicales, festivales y certámenes. Siendo requisito que participen en el circuito de un mínimo de seis espacios escénicos y musicales, festivales o certámenes. La modalidad subvenciones tendrá de plazo hasta el 31 de diciembre de 2010.
B1.1 Apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por España. Se deberá presentar un proyecto de ámbito nacional con un mínimo de seis funciones fuera de la comunidad autónoma donde el solicitante tenga su domicilio fiscal.
B1.2 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos de nueva creación lírica y musical. Debiendo presentar un nuevo proyecto musical o lírico
B1.3 Apoyo a agrupaciones de empresas de lírica y música para giras de proyectos interautonómicos, proyecto en conjunto con un mínimo de tres empresas
B2 Programas de apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por el extranjero.
B3 Programas de apoyo a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal para la realización de actividades de lírica y música. Deberán ser actividades con proyección nacional o internacional, debiendo exceder el ámbito de nuestra comunidad autónoma. El plazo para la realización de la actividad será el 31 de diciembre de 2010
B4 Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música, valorándose la importancia de la trascendencia de festival nacional o internacional. Los requisitos serán imprescindible que sea de ámbito nacional o internacional.
B5 Programas de apoyo a espacios escénicos y musicales y a entidades organizadoras de temporadas líricas.
B6 Programas de apoyo a actividad de orquesta sinfónica en el extranjero, habiendo un máximo de dos ayudas.
B7.1 Ayuda a la creación musical contemporánea, Si el peticionario es un festival o concurso, será necesario que tenga en su programación una participación de intérpretes y agrupaciones de, al menos, dos comunidades autónomas distintas a aquellas en la ue se desarrolla la actividad
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
1.FOTOCOPIA COMPULSADA DE LAS ESCRITURAS DE LA CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS REGISTRADOS DE LA ASOCIACIÓN O SOCIEDAD.
2.CERTIFICADO DE carácter POSITIVO A EFECTOS DE SUBVENCIONES POR LA AGENCIA TRIBUTARIA.
3.CERTIFICADO DE CARÁCTER POSITIVO QUE ACREDITE ESTAR AL CORRIENTE DEL PAGO DE LAS CUOTAS
PLAZO MÁXIMO DE LAS SOLICITUDES SERÁ DE 20 DIAS NATURALES A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN (10 DE MAYO)
No comments:
Post a Comment
Gracias por tu comentario. Ten en cuenta que no se publicará automáticamente, porque TODOS son revisados por el editor. Si es un comentario admitido, será publicado a la mayor brevedad. Gracias
A tener en cuenta para todo aquel que desee colaborar, u opinar en SOS BANDAS:
La primera premisa es que el editor de este blog, NO SE HACE RESPONSABLE DE NINGUNO DE LOS COMENTARIOS U OPINIONES vertidos. El autor de los comentarios u opiniones, será el responsable de ellos, incluso judicialmente, si llegase el caso.
La segunda premisa será que velaremos por la ortografía:
En los comentarios no es posible, porque tras validarlos el editor, aparecen publicados tal cual se escribieron y no pueden ser modificados, pero en los artículos de opinión que recibamos a través del e-mail, el editor velará por la ortografía, y corregirá lo que sea necesario. A mi entender, no hay nada peor que un blog con faltas de ortografía.
COMENTARIOS:
- Normas para publicar comentarios:
Se ha habilitado la moderación de comentarios. El autor del blog debe aprobar TODOS los comentarios.
Los comentarios se prefieren firmados, y en todo caso, deben ser validados por el administrador del blog, quien decidirá si son publicados o no. Se dará preferencia a los comentarios con correo electrónico (éste no se publicará), frente a los anónimos.
Los artículos de opinión, siempre deberán ir firmados con nombre y apellidos, y su autor será el responsable de ellos.
En los comentarios se apela al sentido común y al buen gusto, por lo que no se aceptarán comentarios ofensivos, difamatorios, humillantes, malsonantes, racistas, personales, etc, etc.
Si algo de lo recibido, no tuviese la calidad deseada, no fuese relevante, atentase contra algún principio, fuese ofensivo, de mal gusto, etc, o el editor, ASÍ LO CONSIDERASE, podría ser no publicado, siempre -reiteramos-, a juicio del editor.
El editor de este blog NO SE HACE NECESARIAMENTE SOLIDARIO DE LAS OPINIONES vertidas por los colaboradores o cualquier persona que opine en el presente blog.
COLABORACIONES:
- Cón qué puedo colaborar:
Tus colaboraciones podrán ser: textos o artículos (no exageradamente extensos), fotos, vídeos o audios, etc, relacionados primordialmente con las bandas de música de España.
También puedes colaborar, simplemente informando sobre cualquier evento relevante de tu asociación (no olvides citar el nombre de la asociación, qué acto organiza, hora y lugar de celebración), o enviarnos cualquier nota de prensa de tu asociación.
- Cómo colaborar:
Envíanos tu colaboración a través de nuestro e-mail: sosbandas(arroba)gmail.com
Reiteramos para que quede bien claro, que el editor del blog, NO SE HACE RESPONSABLE DE LAS OPINIONES AQUÍ VERTIDAS, y aunque vele por unas publicaciones correctas, y de buen gusto, podría aparecer publicada alguna de ellas que haya escapado a la lectura del editor.
EL AUTOR-EDITOR DEL BLOG